Se recuerda a todo el personal del Ministerio de Defensa que, de acuerdo a la Resolución MD Nº 922/05, se encuentra totalmente prohibido fumar en cualquiera de sus formas, en espacios cerrados, semicerrados de trabajo interno y en lugares de atención al público interno o externo.
Se solicita a los señores Secretarios, Subsecretarios y Directores que arbitren los medios necesarios a fin de cumplir con la normativa citada en reuniones de trabajo de personal, lugares comunes, comedores, salas de situación y oficinas de uso común.
Asimismo se recuerda que los sectores habilitados para fumar en el ámbito del MINISTERIO DE defensa se limitan a los pasillos transversales de los pisos 10, 12 y 13 del Edificio Libertador, donde consta la señalización pertinente.
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN
DICIEMBRE, 2008
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