CyMAT - COMISION DE CONDICIONES DE MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL (CyMAT)


Entendemos por Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, el Conjunto de propiedades
que caracterizan la situación de trabajo, influyen en la prestación del mismo y determinan la
salud del trabajador.


¿QUÉ COMPONENTES INTEGRAN LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE?
Para facilitar y complementar el abordaje de la problemática de las condiciones y medio
ambiente de trabajo, resulta útil analizar los diversos factores de riesgo que pueden estar
presentes en la situación laboral.
Como toda clasificación sirve a los fines de su estudio, pero teniendo en cuenta que cuando
consideremos un puesto de trabajo concreto nos encontraremos con uno o varios factores que no actuaran de idéntica manera en diferentes situaciones.
Los estudiosos en la materia presentan diferentes clasificaciones.
A continuación presentamos una de tales clasificaciones


RIESGOS DE SEGURIDAD
Se agrupan aquí todos los factores ligados a:
Instalaciones
Máquinas
Herramientas
Características constructivas de edificios y locales
Ej.: riesgos de incendio, eléctrico, protección de máquinas y herramientas, pisos, escaleras,
aberturas, iluminación, ventilación.


CARGA DE TRABAJO

Determinados por los requerimientos físicos o psíquicos que el trabajo exige a quien lo efectúa:
Carga física:
Estática
dinámica

Carga mental: definida como el conjunto de elementos perceptivos, cognitivos y afectivos involucrados en el desarrollo de una actividad.


RIESGOS PSICOSOCIALES
Se incluyen aquí aspectos globales de la organización y contenido del trabajo:
Tiempo de trabajo (jornadas y horarios),
Ritmos de trabajo
Nivel de automatización
Comunicación
Estilos de conducción
Violencia.

RIESGOS AMBIENTALES
Denominados también contaminantes y que de acuerdo a su naturaleza pueden ser:
Químicos: gases, vapores, polvos, nieblas, humos, fibras
Físicos: ruido, frío, calor, presión, radiaciones
Biológicos: Virus, bacterias, hongos, etc.



¿QUÉ ES LA CYMAT?
Es la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT).
Se encuentra regulada en el Artículo 117, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de Trabajo de la Administración Pública, homologado por el Decreto N° 214/2006.



¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DE LA COMISION?
Velar por el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente en el trabajo, teniendo como marco las previsiones específicas de las leyes Nos 19.587 y 24.577. A tal efecto se utilizan, entre otras, las herramientas de la prevención y la capacitación.



¿QUIENES INTEGRAN LA COMISIÓN (CYMAT)?
Tres Representantes Titulares del Estado Empleador: 1(UNO) por la Jefatura de Gabinete de Ministros, 1(UNO) por el Ministerio de Economía y Producción y 1(UNO) por la Subsecretaría de la Gestión Pública, y sus respectivos suplentes.
Tres Representantes Titulares de los Gremios signatarios del CCTG : 2 (DOS) por la Unión del Civil de la Nación y 1(UNO) por la Asociación Trabajadores del Estado y sus respectivos suplentes.
Una Comisión Técnica Asesora Permanente integrada por: Un médico especialista en Medicina Laboral, un Especialista en Higiene y Seguridad y un representante de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Las Delegaciones conformadas en cada jurisdicción o entidad descentralizada. Se encuentra regulada en el Artículo 117, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de Trabajo de la Administración Pública, homologado por el Decreto N° 214/2006.



¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE COMISIÓN Y DELEGACIÓN?
La COMISION es la CyMAT CENTRAL, las DELEGACIONES son las representaciones conformadas en cada Jurisdicción o Ente Descentralizado. Dependen de la COMISION.
Se identifican con las siguientes siglas:
COMISION = CyMAT
DELEGACIÓN = DELEGACION CyMAT



¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN?
Entre otras:
fiscalizar, a través de las delegaciones, el cumplimiento de las Leyes de Higiene y Seguridad (N° 19.587), Riesgos del Trabajo (N° 24.577), sus decretos reglamentarios y demás normativa aplicable, y la de formular recomendaciones para su mejor aplicación.
proponer y diseñar planes para la prevención de riesgos promoviendo foros, campañas de sensibilización, concientización, formación y difusión.
analizar y evaluar las sugerencias y denuncias elevadas por las Delegaciones respectivas.

Se encuentran reguladas en el Artículo 119, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de
Trabajo de la Administración Pública, homologado por el Decreto N° 214/2006.



¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LAS DELEGACIONES?
Entre otras:
verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada.
realizar capacitación contínua.
recibir las denuncias y procurar la solución en la jurisdicción o entidad descentralizada.
informar a la COMISION, al menos anualmente, de sus actividades y resultados.

Se encuentran reguladas en el Artículo 120, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de
Trabajo de la Administración Pública, homologado por el Decreto N° 214/2006.


¿QUÉ DEBO HACER EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL?
Denunciarlo ante el empleador, la ART o los prestadores médicos habilitados por la ART. El
empleador debe entregarle una credencial de la ART. En la misma figura un número telefónico 0800, al que podrá comunicarse ante un accidente o enfermedad profesional. En caso de tener inconvenientes para efectuar la denuncia, deberá enviar una Carta Documento o presentar una nota ante la ART (con una copia para Ud. firmada y sellada por la ART).

CYMAT - Comision CENTRAL

La CyMAT tiene como objetivo velar por el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente del trabajo en el ambito de la Administración Pública Nacional

Qué es la CYMAT ?
Es la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT). Se encuentra regulada en el Artículo 117, Capítulo II, Título VIII del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/2006
Entendemos por Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, el Conjunto de propiedades que caracterizan la situación de trabajo, influyen en la prestación del mismo y determinan la salud del trabajador.

Conformación Comisión CyMAT
Estado Empleador:
· Jefatura de Gabinete de Ministros
Titular: Lic. Bruno CROCITTASuplente: Sr. Norberto PACIOS

· Subsecretaría de la Gestión Pública
Titular: Dra. María Amalia DUARTE de BORTMANSuplente: Lic. Eduardo SALAS

· Ministerio de Economía
Titular: Dr. Máximo CAMOGLISuplente: Dra. Gabriela KEIENBURG

Sector Gremial
· Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN)
Titular: Sr. Alejandro MASSENZANA
Titular: Lic. Karina TRIVISSONO
Suplente: Sra. Patricia CORREA
Suplente: Sra. Claudia CURRAS

· Asociación Trabajadores del Estado (ATE)
Titular: Sra. Graciela RIOS
Suplente: Sra. María FIDALGO


Secretaría Administrativa
· Dra. María Amalia DUARTE de BORTMAN ( Estado Empleador)
· Sr. Alejandro MASSENZANA ( Sector Gremial)


ACCIONES:
• Instar a la conformación de las Delegaciones en los distintos Organismos comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública General homologado por el Decreto N° 214/06.

• Mantener constante dialogo con la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.

• Contestar consultas.

• Requerir información y/o actualización a las distintas Delagaciones, respecto a los temas concernientes a las mismas: situación de los Departamentos de Medicina Laboral y Seguridad e Higiene, Planes de Contingencia y Evacuación, etc.

• Autorizar conformación de Subdelegaciones.

• Realizar Actividades de Capacitación

Oficinas de Denuncias y Orientacion Psicosocial para casos de violencia laboral

NOTA DEL BLOGMASTER:
Se reconoce el daño que causa el hostigamiento laboral en el ámbito laboral. En el año 2005 abren en la fiscalía una oficina para denuncias de casos de "violencia laboral", "riesgos psicosociales", "injurias laborales".
Desde el año 2005, los casos de violencia laboral serán juzgados en Argentina.
RECUERDEN QUE EL CCTG PARA LA APN Homologado por el Decreto 214/06 fué posterior a estas noticias.
En el marco del actual Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, se puede DENUNCIAR CONFIDENCIALMENTE, existen REGLAMENTOS INTERNOS y PROCEDIMIENTOS a tales fines.
Puede asesorarse con los Delegados y Miembros paritarios de la CIOT y CYMAT UPCN.
Son los casos de: hostilidad, maltrato, desprecio, amenazas, persecuciones e insultos, nombramientos clientelares, disparidad de salarios, hacinamiento, tareas denigrantes, empleados condenados a no hacer nada y abusos.
La DENUNCIA A TRAVES DE los procedimientos que están enmarcados en el CCTG para la APN, son SUMARIOS ADMINISTRATIVOS
.


EQUIPO FEDERAL DE TRABAJO Agosto de 2005
Inauguran en la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas las Oficinas de Denuncias y Orientación Psicosocial para casos de violencia laboral

ARGENTINA -Buenos Aires -
"El lunes 25 de julio a las 13,30 hs. se inaugurarán en la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, Perón 2455, Piso 3, dos oficinas:
Una de Denuncias y otra de Orientación Psicosocial para casos de violencia laboral en la Administración Pública Nacional, que funcionarán de lunes a viernes, de 10 a 13 hs.
La responsable por la Fiscalía en la implementación del proyecto es la Fiscal Marta Rava.
El registro de denuncias y la orientación psicosocial está a cargo de voluntarios comprometidos con la prevención y reducción de la violencia y la corrupción en el Estado.
La iniciativa tuvo origen en un acuerdo institucional firmado entre la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas e Instituciones Sin Violencia, asociación civil cuya misión es ayudar a construir instituciones justas, íntegras y transparentes.
El acto inaugural será presidido por el Fiscal Nacional, Dr. Manuel Garrido, titular de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas y por miembros de la Comisión Directiva de Instituciones Sin Violencia. cuya Presidente es la Lic Diana Scialpi "

web : http://www.instituciones-sin-violencia.org/ mail :


Diario Pagina 12 - Por Irina Hauser -
ABREN UNA FISCALIA PARA DENUNCIAS LABORALES
Cuando el trabajo es un yugo.
La Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas recibirá desde mañana denuncias sobre maltrato a empleados estatales.
Los casos pueden terminar en mediación, sanción judicial o sumario.
La responsable de la oficina que se ocupará de las denuncias laborales será la fiscal Marta Rava.
Hostilidad, maltrato, desprecio, amenazas, persecuciones e insultos.
Nombramientos clientelares, disparidad de salarios, concursos espurios, hacinamiento, tareas denigrantes, empleados condenados a no hacer nada y abusos.
Son sólo algunas de las situaciones que los expertos definen como "violencia laboral" y señalan como un fenómeno sistemático dentro de la administración pública.
Hasta ahora las víctimas de estos ataques no tenían dónde denunciarlos.
Desde mañana podrán recurrir a una oficina especializada que inaugurará la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas (FIA) y que analizará los casos junto con la asociación civil Instituciones Sin Violencia.
"¿Cómo pretenden luchar contra la corrupción si las instituciones estatales están edificadas sobre violencias de toda índole? ¿Cómo esperar soluciones eficaces si la violencia viene de quienes deben cumplir y hacer cumplir las leyes?"
El planteo lo hizo la socióloga Diana Scialpi en unas jornadas sobre corrupción en las que exponía el actual titular de la FIA, Manuel Garrido.
Scialpi es la presidenta de Instituciones sin Violencia y autora de una exhaustiva investigación sobre el tema. Aquel contrapunto con el fiscal dio frutos.
El organismo abrirá un despacho para recibir denuncias y orientar a las víctimas de acoso laboral en el Estado. La responsable de la oficina será la fiscal Marta Rava.
"Cuando sea posible, propiciaremos una mediación, si establecemos que hay algún delito impulsaremos su sanción judicial y si advertimos irregularidades administrativas indicaremos la apertura de un sumario en el organismo donde hayan sido cometidas", explica Rava a Página/12.
"Queremos desactivar la violencia en los lugares de trabajo y alentar que la gente denuncie. También les brindaremos asistencia psicológica", detalla.
El ámbito de acción de esta fiscalía no comprende al Poder Legislativo ni al Judicial, está concentrado en la administración nacional.
"La violencia dentro de las organizaciones –señala Scialpi– tiene efectos devastadores: afecta la salud física y mental de los servidores públicos, pervierte los resultados de la gestión pública dañando así a todos los ciudadanos, vulnera los derechos humanos y el estado de derecho, aparece como modelo autorizado de gestión y es condición necesaria para instalar la corrupción en el Estado."

Los estudios que reconocen la violencia en el trabajo como tal son muy recientes.
El primer informe de la Organización Internacional del Trabajo sobre el tema data de 1998.
Define que se trata de "conductas recurrentes, no episódicas ni únicas" que comprenden "maltratos físicos y psíquicos".
La OIT habla de "acoso laboral" y mobbing, o terror psicológico.
"En la Argentina todavía sigue vigente el Convenio Colectivo de Trabajo para el sector público que identifica la violencia laboral sólo con el acoso sexual hacia las mujeres.
Pero eso es reducir el problema. El acoso sexual es una de las modalidades, pero no la única", dice Scialpi.
En su investigación, publicada en el libro Violencias en la Administración Pública, la socióloga describe más de treinta formas de violencia laboral que se encuentran arraigadas en el Estado, consolidadas y consentidas, pero que todavía permanecen poco visibles.
Para Scialpi, violencia laboral puede ser que a un empleado se le impongan trabajos humillantes o que se lo deje sin tareas y se lo aísle, que se lo ridiculice o menosprecie o amenazarlo con el despido, pero también lo son los regímenes de privilegio, la inequidad salarial y los recortes de sueldo por decreto, la cooptación de cargos por medio de intimidaciones (para desplazar a los concursados y designar a otros a dedo), obligar a los profesionales a hacer cursos de capacitación por debajo de su nivel o negarle licencia a una mujer porque su hijo nació muerto.
Las condiciones degradantes de trabajo son otro asunto clave para la experta.
"El 70 por ciento de los organismos viola las normas de salud y el 50 por ciento de ellos carece de un servicio de higiene y seguridad pese a que están obligados por ley", apunta.
Entre 2002 y 2004 se sancionaron cuatro leyes contra la violencia laboral en el empleo público en Buenos Aires, Capital Federal, Tucumán y Jujuy.
Scialpi colaboró en la confección de algunas de ellas.
Están destinadas a dar protección a los trabajadores, tipifican los distintos tipos de maltrato y prevén sanciones que van desde multas hasta la exoneración de los victimarios.
Aun así, dice la experta, hay un escenario difícil de revertir porque existe un "desamparo institucional aprendido".
A veces el acoso laboral pasa incluso inadvertido como tal para los propios empleados, acostumbrados a soportarlo para conservar su puesto.
O no lo denuncian por miedo y falta de protección. O porque es difícil probarlo.
"Además, la mayoría de las situaciones de violencia laboral permanecen impunes porque no son consideradas delitos sino irregularidades administrativas", añade.
La fiscal Rava propone entenderlas también como "injuria laboral".
"La nueva oficina –agrega Scialpi– podrá ayudar a visibilizar este problema del cual poco se habla, a proteger a la gente y determinar seriamente cuando hay un delito.
Instituciones sin Violencia analizará los casos, pero será la FIA la encargada de garantizar que las denuncias lleguen a algo".


Fiscalía de Investigaciones Administrativas

Forma parte del Ministerio Público como órgano dependiente de la Procuración General de la Nación y está integrada por el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas, los Fiscales Generales Adjuntos y los Fiscales de Investigaciones Administrativas.
El Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas tiene, además de ciertas atribuciones que conciernen al gobierno de la Fiscalía, los siguientes deberes y facultades:

  • Promover la investigación de la conducta administrativa de los integrantes de la Administración Nacional centralizada y descentralizada, y de las empresas, sociedades y todo otro ente en que el Estado tenga participación debiendo las investigaciones realizarse por la única iniciativa de la Fiscalía.
  • Efectuar investigaciones en toda institución o asociación que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal, en caso de sospecha razonable sobre irregularidades en la inversión dada a esos recursos.
  • Someter a la aprobación del Procurador General de la Nación el reglamento interno de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas.
  • Elevar al Procurador General un informe anual sobre la gestión de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, a su cargo.
  • Imponer las sanciones disciplinarias a los magistrados, funcionarios y empleadas que de él dependen.

FOLLETOS

Esta seccion será útil cuando imprimas libremente y guardes o simplemente publiques en una cartelera o tablero de corcho o pizarra, los folletos que aquí publicamos....

Amenaza de BOMBA... Procedimientos a tener en cuenta


1) No acercarse a lo que es o se presume un artefacto explosivo, ni tampoco exponerse debido a la proyección de esquirlas y a la onda expansiva que puede originar una eventual explosión.

2) No colocar en agua el objeto, debido a que el agua es conductora de la electricidad, además puede haber algún elemento que reaccione con el agua y así causar la ignición del artefacto.

3) No intentar apagar o arrancar mechas. Puede provocar la explosión del detonador y además al ser de combustión interna no se puede apreciar con facilidad hasta que punto de la mecha esta quemado.

4) No confiarse si la mecha esta apagada o carece de sistema de encendido porque puede ser una trampa y tener otro sistema de encendido oculto.

5) No levantar la tapa de una caja ni mover un paquete o caja, ni cambiarlo de posición, porque puede tener un sistema caza-bobos.

6) No tratar de abrir un paquete rasgando su envoltorio o cortando hilos, porque pueden estar unidos a un disparador.

7) No desconectar enchufes ni cortar conductores eléctricos, al contrario de lo que se cree puede provocar la conexión de otro sistema que activa la bomba.

8) No llevar a dependencias del lugar artefactos desactivados o bultos sospechosos.

9) No retirar elementos que asomen del paquete, porque puede activar una trampa y así el artefacto explosivo.

10) Solicitar personal idóneo en el manejo de explosivos.


Si bien este decálogo del "NO" puede aparentar vedar de toda acción, esto no es así. Se deberán tener en cuenta los siguientes puntos:


1) La conservación de la vida de las personas debe ser la primera de las acciones contempladas. Para ello debe dejarse libre de personas la zona de peligro en forma mesurada y en orden a fin de evitar el pánico.

2) Se deben evacuar las personas que se encuentran y aislarla no menos de 100 metros.

3) Las personas ajenas o innecesarias no deben de permanecer en el lugar, se debe cortar el transito vehicular y evitar la permanencia de personas cerca de edificaciones debido a que ante una eventual explosión el material de arrastre y la mampostería les puede provocar heridas.

4) No solo se debe impedir que no se toque el objeto sino también no se debe mover todo objeto cercano o vinculado al objeto.

5) Como regla general se debe disponer del corte de líquidos o gases inflamables o peligrosos, retirar los elementos inflamables y se deben apagar todos los artefactos que funcionen a gas, a los fines de evitar posibles incendios.

6) No colocar nada sobre el presunto artefacto explosivo con el objeto de minimizar sus efectos ante una eventual explosión debido al riesgo que ello presente y a que luego será un estorbo para el personal de la Brigada de Explosivos.

La seguridad e higiene del trabajo en oficinas

Por Ing. Mario Raúl Chingoto

ACLARACION PRELIMINAR
Las consideraciones que siguen son válidas para ambientes laborales que se desarrollen en varias oficinas y distintos pisos de firmas comerciales de cierta envergadura, ya que por ejemplo un entorno laboral pequeño que conste de una o dos oficinas no es representativo de todo el aspecto de riesgos que amenazan la integridad física de los empleados.


INTRODUCCION
A lo largo de la historia del hombre, éste ha demostrado su afán por crear medios materiales que ayudaran a su trabajo.
Las primeras manifestaciones fueron la palanca y la rueda, a las que siguieron las distintas máquinas térmicas (motores, turbinas) motores eléctricos, máquinas auxiliares electromecánicas y en los últimos años infinidad de máquinas eléctricas y electrónicas que integran el "arsenal" de la informática (calculadoras, tabuladoras, clasificadoras, registradoras y computadoras de varios tipos de generaciones).


De esta forma el hombre ve facilitada sus tareas por medio del equipamiento antes citado.
Pero nos preguntamos si todo ese avance tecnológico no tiene como contrapartida el olvido del principal protagonista de ese mismo progreso, que es el ser humano.


Sabido es que la operación del formidable equipamiento antes citado puede producir consecuencias o "subproductos" indeseables para la salud física y psíquica del hombre. Esta situación es bien conocida en el trabajo de obreros en fábricas, plantas y establecimientos industriales, pero es poco comprendida en el caso de empleados de oficinas.

LOS PELIGROS EN OFICINAS
Riesgo eléctrico: tableros descubiertos, abuso de utilización de enchufes triples que obligan a absorber a los cables del edificio intensidades muy superiores a las que corresponden a sus características, produciéndose su quemado.


Cabe señalar que el incendio que originó la destrucción de la casa matriz del Banco Provincia en la Ciudad de la Plata, fue atribuido a conexiones en tableros eléctricos (Agosto 1987). (* Art. 95, 163 y anexo VI)

Acumulación de elementos combustibles sin protección: papeles, libros, alfombras, cortinas, elementos de madera, etc. Todo este conjunto de materiales constituye la denominada "carga de fuego" de cada local, y si esta es muy elevada, la combustión de los mismos puede desarrollar temperaturas tan altas que han llegado a anular la resistencia de los hierros del hormigón armado de la estructura de los edificios (caso Banco Provincia antes citado) (* Art. 160, 171 y anexo VII).

Ergonomía: Por inadecuada posición de trabajo puede afectarse la estructura ósea de los empleados.
Pantallas de video: emisión de radiaciones. La OIT ha recomendado tiempos de operación continua máximos y pausas intermedias, estableciendo asimismo indicaciones que incluyen prohibiciones de trabajo nocturno, de operadoras que estén embarazadas, trabajar horas extras, etc.

Asimismo recomienda exámenes médicos a los operadores cada 6 (seis) meses incluyendo campo visual y eximiendo del trabajo como operadores de esas máquinas (unidades de pantalla - video) a aquellos que sufran de glaucoma, cataratas, fuertes miopías o astigmatismo. (* Art. 62 y 63)

Tanques de agua: En grandes edificios los tanques de agua propios situados por lo general en la parte más alta, pueden contener sedimentos tóxicos o bacterias por descomposición de animales muertos (ratas, pájaros, gatos, insectos, etc.) por lo que se ha recomendado efectuar al agua por lo menos un análisis bacteriológico por año. Recordemos que esta agua alimenta canillas y bebederos. (* Art. 5 y 58)

Iluminación: El "parpadeo" y ruido de los accesorios de tubos de luz fluorescente durante todas las horas de trabajo, aumenta el "stress" de los empleados. (* Art. 71)

Para terminar deficiencias de ventilación, extracción de aire acondicionado y mala iluminación también influyen en el índice de incomodidad del empleado, incrementando su fatiga.


CONCLUSIONES
Es necesario revalorizar la importancia del hombre que es el centro y motor de todo el maquinismo actual.
Independientemente de que este maquinismo tienda a disminuir o aumentar puestos de trabajo, la salud física y psíquica del empleado debe ser considerada como el capital más preciado de cada empresa pues constituye su recurso humano.

Por un lado los empleadores no escatimarán esfuerzos para posibilitar la instrucción del personal que trabaja en equipo de cierto riesgo y deben atender los factores de peligro antes señalados, y por el otro lado los empleados deben actuar en el mismo sentido, cumpliendo las instrucciones de manejo del equipo y observando las condiciones de salud de su entorno laboral, planteando a su empleador por medio de las organizaciones gremiales respectivas toda idea o sugerencia fundamentada que tienda a preservar su salud sin desmedro de la productividad.

La tendencia global apunta en ese sentido y las recomendaciones de las organizaciones de trabajo mundiales hacen que seamos optimistas al respecto para el siglo entrante.

Como ves el trato de tus Funcionarios de Gabinete?